Una de las consultas más frecuentes de cara a julio de 2026 es si el viernes 10 de julio será feriado. La respuesta es no.
Ese día fue declarado día no laborable con fines turísticos, por lo que no tiene el mismo alcance que un feriado nacional obligatorio.
En el sector privado, la decisión de otorgar la jornada libre queda a criterio de cada empleador. En cambio, en gran parte de la administración pública y otros organismos estatales, habitualmente se adhiere a este tipo de disposiciones.
Cómo queda el fin de semana largo
El calendario oficial permitirá que muchas personas disfruten de cuatro días consecutivos de descanso.
El esquema será el siguiente:
- Jueves 9 de julio: feriado nacional por el Día de la Independencia.
- Viernes 10 de julio: día no laborable con fines turísticos.
- Sábado 11 de julio: descanso habitual.
- Domingo 12 de julio: descanso habitual.
Quienes no deban trabajar el viernes podrán aprovechar un fin de semana extra largo para realizar viajes, escapadas o actividades recreativas.

¿Cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable?
La principal diferencia radica en que los feriados nacionales son de cumplimiento obligatorio.
Si un trabajador presta servicios durante un feriado, debe percibir el doble de la remuneración habitual, tal como establece la legislación laboral.
En cambio, los días no laborables no implican un descanso obligatorio para el sector privado. Cada empleador decide si concede o no la jornada libre y, en caso de trabajar, el salario se abona de manera habitual, sin recargo.
¿Por qué se celebra el 9 de julio?
El 9 de julio conmemora la Declaración de la Independencia, firmada en 1816 durante el Congreso de Tucumán.
Ese día, los representantes de las Provincias Unidas del Río de la Plata declararon la ruptura definitiva con la Corona española y proclamaron la independencia del país.
Qué tipos de feriados existen en Argentina
El calendario oficial contempla tres categorías de días de descanso:
Feriados inamovibles
Son aquellos que se celebran siempre en la misma fecha debido a su importancia histórica o religiosa y no pueden modificarse. Entre ellos se encuentran el 1 de enero, 24 de marzo, 2 de abril, 1 de mayo, 25 de mayo, 9 de julio, 8 de diciembre y 25 de diciembre.
Feriados trasladables
Son fechas que pueden modificarse para favorecer la conformación de fines de semana largos y promover el turismo interno. En este grupo se incluyen, entre otros, el 17 de agosto, el 12 de octubre y el 20 de noviembre.
Días no laborables con fines turísticos
Son jornadas definidas por el Gobierno nacional para ampliar los períodos de descanso y fomentar la actividad turística.
Durante 2026, los días no laborables con fines turísticos serán:
- Viernes 10 de julio.
- Lunes 7 de diciembre.
Su aplicación dependerá del sector laboral y de la decisión de cada empleador en el ámbito privado.