La Justicia revisará la Ley Tajani y se reabrirá la posibilidad para bisnietos y tataranietos
El proceso para la obtención de la ciudadanía italiana por descendencia sumó un giro judicial de alcance internacional. A través de la Ordenanza N° 147/2026, la Corte Constitucional de Italia decidió suspender su fallo sobre la validez de la denominada Ley Tajani (Ley 74/2025) y elevó la consulta directamente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La medida dejó en manos de la justicia comunitaria la decisión final sobre la constitucionalidad de las restricciones impuestas a la transmisión por ius sanguinis.
La normativa italiana, vigente desde el 28 de marzo de 2025, había limitado el reconocimiento de la ciudadanía únicamente a hijos y nietos de ciudadanos nacidos en Italia, dejando excluidos a bisnietos, tataranietos y generaciones posteriores bajo el argumento de la falta de un "vínculo efectivo". La decisión del máximo tribunal italiano de congelar su pronunciamiento responde a demandas iniciadas en los tribunales de Mantova y Campobasso por solicitantes que apelaron la exigencia de haber gestionado un turno consular previo a la entrada en vigor de la reforma.
El análisis del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se centrará en los siguientes ejes normativos:
Compatibilidad comunitaria: El TJUE determinará si la limitación retroactiva impuesta por el Estado italiano colisiona con el derecho de la Unión Europea sobre la conservación de la nacionalidad.
Alcance para los excluidos: Si el fallo determina que la restricción es incompatible con el marco europeo, las cláusulas limitantes perderían efecto, reactivando los derechos de las generaciones que habían quedado fuera.
Trámites en curso: La paralización de las causas judiciales en Italia no será automática; cada magistrado local decidirá de forma independiente si congela los expedientes a la espera de la sentencia definitiva de la UE, la cual se estima que podría demorar entre seis meses y un año.
Para quienes planifican iniciar el trámite, especialistas en derecho internacional recomiendan cautela y aguardar la resolución del tribunal europeo. La única excepción aplica para aquellos solicitantes que puedan acreditar fehacientemente haber intentado obtener un turno en consulados o comunas antes del 27 de marzo de 2025, cuya situación jurídica cuenta con un encuadre diferenciado.