Los aportes de empleadas de casas particulares son obligatorios para todos los empleadores registrados dentro del régimen especial. Estos pagos permiten garantizar derechos fundamentales para las trabajadoras, como el acceso a la obra social, la jubilación y la cobertura por accidentes laborales mediante la ART.
El monto mensual varía según la cantidad de horas trabajadas por semana. Para quienes cumplen jornadas de 16 horas semanales o más, el valor total asciende a $37.884,95. En tanto, para jornadas de entre 12 y 16 horas el aporte es de $13.840,63, mientras que para menos de 12 horas semanales baja a $8.812,75.
Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) explicaron que los nuevos valores se mantendrán vigentes hasta julio de 2026 y responden a la actualización semestral basada en la inflación acumulada durante el último semestre del año pasado.

Los aportes deben abonarse todos los meses y el vencimiento opera el día 10. El pago puede realizarse mediante homebanking, tarjetas de crédito, billeteras virtuales, cajeros automáticos o mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP). Para realizar el trámite, el empleador debe ingresar al portal oficial de casas particulares con clave fiscal nivel 2 o superior. Desde allí puede consultar períodos adeudados, generar pagos, descargar formularios y emitir los recibos de sueldo correspondientes.
Además, el sistema permite regularizar deudas anteriores y calcular automáticamente los intereses por pagos fuera de término. Tras cada operación, el empleador debe entregar el comprobante de pago a la trabajadora. Las trabajadoras también pueden verificar si sus aportes fueron registrados correctamente. Para eso deben ingresar con su CUIL y clave fiscal al apartado “Mis Aportes”, donde podrán revisar el estado de los pagos previsionales y de obra social.
En caso de detectar aportes insuficientes, existe la posibilidad de completar diferencias mediante pagos voluntarios utilizando el formulario 575/RT. En paralelo, también se actualizaron los salarios mínimos para empleadas domésticas. En la categoría de tareas generales, el sueldo mensual mínimo llega a $410.773,52 con retiro y a $455.160,14 sin retiro. Para el cuidado de personas, los valores ascienden hasta $505.578,34 en la modalidad sin retiro.
A esos montos se deben sumar adicionales obligatorios como la antigüedad, que equivale al 1% por cada año trabajado, y el plus por zona desfavorable en las regiones alcanzadas. Además, continúa vigente una suma fija extraordinaria para el sector. El bono previsto para trabajadoras de más de 16 horas semanales o sin retiro alcanza los $20.000, mientras que para jornadas reducidas los valores son menores según la carga horaria.


