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ANMAT incorpora cambios clave en el etiquetado de suplementos y en frutas desecadas

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica actualizó artículos clave del Código Alimentario Argentino para garantizar información más clara en suplementos dietarios y ampliar opciones seguras en la elaboración de frutas desecadas.

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En los últimos días, la ANMAT informó a través del Boletín Oficial la modificación de varios artículos del Código Alimentario Argentino (CAA), con cambios que impactan en las Declaraciones de Propiedades Saludables (DPS) en suplementos dietarios y en el uso de ingredientes autorizados para frutas secas.

Una de las actualizaciones más relevantes incluye la sustitución de los artículos 235 y 1381 del CAA, vinculados a las Declaraciones de Propiedades Saludables. Con estas modificaciones, se facilita que el etiquetado y la publicidad de suplementos dietarios brinden información clara, precisa y respaldada científicamente sobre sus beneficios para la salud. Además, se reconoce al Licenciado en Nutrición como profesional habilitado para recomendar estos productos.

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No obstante, se mantiene la prohibición de atribuir propiedades medicinales o terapéuticas a estos suplementos, con el fin de evitar información engañosa y proteger la salud de los consumidores.

Por otro lado, la resolución 34/2025 introduce cambios en el artículo 916 bis del CAA, autorizando el uso de ingredientes y aditivos con función glaseante y antihumectante/antiaglutinante en frutas desecadas. Esta medida permitirá que la industria local utilice sustancias con aval científico, facilitando la elaboración de productos más atractivos sin comprometer la inocuidad alimentaria.

La ANMAT es el organismo responsable de la regulación, fiscalización y control de productos relacionados con la salud, asegurando que cumplan con los estándares de seguridad, eficacia y calidad en todo el país.