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FUERTE CONTROL

Multas, demoliciones y un registro de infractores para frenar construcciones en el piedemonte

La Provincia reglamentó la Ley 9414 y avanzó en un sistema de control más estricto para proteger la zona oeste del Gran Mendoza.

Piedemonte

El Gobierno de Mendoza reglamentó las sanciones previstas en la Ley N° 9414 para las construcciones y loteos en la zona del Piedemonte y la Precordillera del Área Metropolitana, con el objetivo de frenar el avance de urbanizaciones irregulares y proteger el equilibrio ambiental y la seguridad aluvional. El nuevo decreto fue publicado este martes en el Boletín Oficial.

La medida se inscribe en un contexto de fuerte crecimiento de las construcciones hacia el oeste del piedemonte en los últimos años, situación que encendió alertas por el impacto ambiental y los riesgos asociados a eventos aluvionales. Con esta reglamentación, la Provincia avanzó en la definición de mecanismos de control y castigo para quienes incumplan la normativa vigente.

Sanciones más duras y control inmediato

La normativa reglamenta el Capítulo IV de la Ley 9414 y otorga mayores facultades a la autoridad de aplicación, que funcionará bajo la órbita de la Unidad Interjurisdiccional Piedemonte. Entre las sanciones previstas se incluyen multas económicas que podrán agravarse en casos de reincidencia, con montos que pueden multiplicarse hasta cinco veces.

Además, el decreto habilita la demolición de aquellas obras que no respeten la zonificación o los criterios de sustentabilidad establecidos, y permite paralizar cualquier actividad irregular en un plazo máximo de 24 horas desde detectada la infracción. También se prevé la inhabilitación de arquitectos, ingenieros o agrimensores que participen en proyectos que violen la ley.

Uno de los ejes centrales de la reglamentación es la creación del Registro Público de Infractores a la Ley N° 9414, que será administrado por la Provincia y tendrá carácter público. El objetivo es brindar mayor transparencia y evitar que personas interesadas en adquirir terrenos resulten perjudicadas por operaciones inmobiliarias en zonas no autorizadas.

La normativa establece, además, un criterio de responsabilidad solidaria. Esto implica que no solo será sancionado quien ejecute una construcción irregular, sino también los propietarios de los terrenos, las empresas promotoras o constructoras y los profesionales técnicos que intervengan en los proyectos.

El decreto define como infracciones diversas conductas que afectan al piedemonte, entre ellas la comercialización irregular de parcelas, la degradación del suelo, el daño al arbolado y a la flora y fauna del lugar, así como cualquier acción que altere los cauces aluvionales, considerados vitales para prevenir inundaciones en el Gran Mendoza.