El Gobierno de Mendoza rechazó el reclamo de una profesional de la salud que solicitaba que se le reconociera la antigüedad acumulada durante el período en que trabajó como contratada. La decisión, respaldada por la Fiscalía de Estado y Asesoría de Gobierno, reitera que solo se considera válido el tiempo transcurrido desde el ingreso a la planta permanente para avanzar en la carrera profesional dentro del Estado.
Si bien el recurso fue admitido en lo formal, fue desestimado en cuanto al fondo del planteo. Según lo dispuesto por el decreto provincial, para promocionar dentro del sistema de salud es necesario contar con “antigüedad en la carrera profesional”, algo que solo se alcanza tras el nombramiento formal en planta permanente, conforme a la Ley 7759.

El texto oficial remarca que quienes prestan funciones bajo contratación no integran el escalafón regido por dicha normativa y se rigen por otro tipo de vínculo laboral. Por lo tanto, el tiempo prestado bajo esa modalidad no puede ser computado para ascensos o concursos internos.
Con esta resolución, el Gobierno provincial consolida su postura frente a este tipo de reclamos y establece un precedente jurídico claro: la antigüedad para la carrera profesional en la administración pública provincial comienza a contarse exclusivamente desde el ingreso efectivo a la planta del Estado.