El Gobierno nacional dispuso una nueva actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), la tercera en lo que va del año, luego de que fracasara el intento de consenso en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. A partir del 1 de julio, el monto pasará a ser de $317.800, conforme a lo establecido por la resolución 5/2025.
La medida se enmarca dentro de un esquema de aumentos en cinco tramos, resuelto por el Ejecutivo tras no lograr un acuerdo con representantes de los gremios y el sector empresarial. En ese contexto, el salario mínimo subió primero a $302.600 en abril, luego a $308.200 en mayo, y desde junio quedó fijado en $313.400.
La próxima actualización será en agosto, cuando el SMVM llegará a $322.000, completando así el cronograma de incrementos definido de forma unilateral por el Estado.
Las cifras decididas por el Gobierno se ubicaron considerablemente por debajo del pedido de las centrales obreras, que reclamaban $644.165 para abril y $657.703 para mayo, lo que representaba una suba superior al 120%. En cambio, el sector empresario había propuesto aumentos más moderados: $301.500 para abril, $306.500 para mayo y $311.500 para junio.

Además, la resolución 5/2025 actualizó los valores de la hora trabajada para quienes se desempeñan en régimen jornalizado. Los nuevos montos son:
- $1.513 por hora desde abril
- $1.541 por hora desde mayo
- $1.567 por hora desde junio
- $1.589 por hora desde julio
- $1.610 por hora desde agosto
Las modificaciones del SMVM tienen impacto directo en distintas prestaciones y beneficios sociales. Entre ellos, las prestaciones por desempleo, los haberes jubilatorios y las Asignaciones Familiares.
En el caso de quienes acceden a la jubilación mediante moratoria previsional, el haber mensual equivale al 82% del salario mínimo. Por su parte, el monto correspondiente al seguro por desempleo se calcula en base a la mejor remuneración de los últimos seis meses, con un tope que va del 50% al 100% del SMVM.
Asimismo, la condición de ingresos determinada por el salario mínimo es utilizada como criterio de elegibilidad para programas como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y las Becas Progresar, los cuales exigen no superar un determinado múltiplo del SMVM para poder ser otorgados.
