La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) realizó una aclaración clave sobre los beneficiarios que reciben en febrero de 2026 el pago de la Ayuda Escolar Anual, cuyo monto fue fijado en $85.000 por hijo.
El organismo recordó que este refuerzo económico se paga una vez al año y está destinado a acompañar a las familias en el inicio del ciclo lectivo. El beneficio se acredita de manera automática para los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), siempre que se haya presentado el Certificado de Escolaridad dentro de los plazos establecidos.
Desde ANSES indicaron que el pago automático correspondiente al ciclo lectivo 2026 se realizará durante el mes de marzo, mientras que los pagos de febrero corresponden a casos puntuales vinculados al ciclo anterior.

Alcanzará a beneficiarios de AUH y SUAF
Febrero es el último mes de pago de la Ayuda Escolar Anual correspondiente al ciclo lectivo 2025. Este depósito alcanza a los beneficiarios de AUH y SUAF que realizaron el trámite del certificado de escolaridad durante el mes de diciembre.
El organismo recordó que el beneficio se acredita hasta 60 días después de haber presentado el Certificado de Escolaridad, por lo que algunos pagos pueden impactar con demora.
La Ayuda Escolar Anual funciona como un apoyo económico anual para acompañar a niños, niñas y adolescentes en el inicio de cada año escolar.
A quiénes les corresponde la Ayuda Escolar
La Ayuda Escolar está destinada a niños y adolescentes que tengan entre 45 días y 17 años inclusive, y que asistan a establecimientos educativos de nivel inicial, primario o secundario incorporados a la enseñanza oficial. El beneficio no corresponde para niveles terciario ni universitario y se paga una sola vez por año por hijo.
El beneficio alcanza a titulares que perciban:
Asignación Familiar por Hijo o por Hijo con Discapacidad
Asignación Universal por Hijo o por Hijo con Discapacidad
Requisitos para cobrar la Ayuda Escolar
Para hijos sin discapacidad:
Tener entre 45 días y 17 años inclusive
Asistir a establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial (nivel inicial, primario o secundario)
Para hijos con discapacidad:
Sin límite de edad
Asistir a establecimientos de enseñanza oficial o especial, o recibir apoyo educativo, concurrir a talleres protegidos, formación laboral o tratamientos de rehabilitación