Cuando un jubilado o pensionado se afilia por primera vez al PAMI, el sistema le ofrece tres alternativas de médico de cabecera. De ese listado, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados asigna uno según disponibilidad. En caso de omitir la elección, la designación se realiza de manera automática.
El médico de cabecera es considerado la puerta de entrada a todas las prestaciones y servicios médicos que brinda la obra social, tanto para la atención cotidiana como para la derivación a especialistas.
Cómo realizar el trámite
Para quienes deseen modificar el profesional asignado, el cambio puede gestionarse a través de dos vías. Por un lado, de manera digital, ingresando a “www.pami.org.ar/tramite/cambio-medico”, donde el procedimiento se completa de forma sencilla. Por otro, es posible acudir personalmente a la Agencia PAMI correspondiente, para lo cual se recomienda solicitar turno online a fin de agilizar la atención.

El momento del mes en que se solicita el cambio determina cuándo se verá reflejada la nueva asignación. Si el trámite se inicia entre el 1 y el 20, la modificación se aplicará a partir del primer día del mes siguiente. En cambio, si se pide del 21 al 30, el cambio impactará recién en el mes subsiguiente.
El trámite puede ser realizado por la persona afiliada, su apoderado/a o un familiar autorizado.
El profesional asignado por PAMI cumple un rol central en el seguimiento de la salud del afiliado. Entre sus tareas se encuentran la atención ambulatoria, la evaluación del estado general, la prevención y tratamiento de enfermedades, la solicitud de estudios diagnósticos, la prescripción de medicamentos y las derivaciones a especialistas cuando corresponda. También asesora en temas vinculados al cuidado integral de la salud.
Documentación necesaria
Para concretar el cambio de médico de cabecera, los requisitos son los siguientes:
- DNI con domicilio actualizado de la persona afiliada.
- Si el trámite es gestionado por un apoderado, debe presentar además su propio DNI y el recibo de cobro de la persona afiliada.
- Si lo realiza otra persona designada, deberá presentar también su DNI y una nota de autorización firmada, donde conste claramente el cambio a efectuar.


