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El EPRE fijó nuevas reglas para reintegros en la factura de la luz

El organismo regulador de Mendoza estableció un tope a los intereses compensatorios y ratificó que las devoluciones por facturación excesiva deberán hacerse con la tarifa vigente, más un recargo del 20%. La medida también alcanza a los recargos por mora que pagan los usuarios.

Subsidio luz

El Entre Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) emitió una nueva normativa que establece criterios precisos para el reintegro de dinero a los usuarios del servicio eléctrico en Mendoza. La resolución surge luego de reclamos de distribuidoras como EDEMSA, EDESTE y la Cooperativa Eléctrica de Godoy Cruz, que cuestionaban el mecanismo utilizado hasta ahora para calcular los intereses compensatorios ante casos de sobrefacturación.

La disposición ratifica que, cuando una empresa cobre montos superiores por causas que le sean imputables, deberá devolver el excedente tomando como base la tarifa vigente al momento del reclamo. A ese monto se le deberá adicionar un recargo del 20% más los intereses correspondientes.

Con el objetivo de evitar que los intereses se tornen desproporcionados en contextos de alta inflación, el EPRE incorporó un parámetro de razonabilidad. Se mantendrá la tasa legal prevista en el Reglamento de Suministro, pero el total de los intereses compensatorios tendrá como referencia el 50% de esa tasa aplicada sobre el capital ya actualizado.

Subsidio luz
Subsidio luz

El criterio será simétrico: el mismo límite regirá cuando la distribuidora deba cobrar deudas a los usuarios por mora, garantizando reglas equivalentes para ambas partes.

Desde el organismo explicaron que estos reintegros constituyen “deudas de valor”. Es decir, no se trata de una devolución nominal de pesos, sino del equivalente al poder de compra de la energía al momento de la restitución, lo que —según la resolución— asegura una reparación plena e integral frente al efecto de la inflación.

Además, se dispuso una revisión anual de los parámetros establecidos. En un escenario económico cambiante, el EPRE instruyó a sus áreas técnicas a evaluar periódicamente el impacto de la normativa y, en caso de variaciones significativas en las variables macroeconómicas, ajustar los criterios para sostener su razonabilidad.

La Justicia mendocina ya había respaldado con anterioridad el criterio del ente regulador, al considerar válida la extensión de los plazos de devolución cuando se acredita que el error de facturación se mantuvo en el tiempo.