El Gobierno nacional avanza con nuevas medidas de simplificación administrativa para el comercio exterior. A través del Decreto 838/2025, publicado en el Boletín Oficial, se modificó el histórico Decreto 1001/1982 con el objetivo de modernizar el sistema de garantías en operaciones aduaneras.
La novedad central es la ampliación del uso del “documento firmado” como garantía válida para importaciones y exportaciones, ya sean definitivas o suspensivas. Este instrumento, considerado más accesible y menos costoso para los operadores, podrá utilizarse en la mayoría de las destinaciones, con algunas excepciones específicas.
Además, la norma deroga la exigencia de depósitos en efectivo como modalidad de garantía, un requisito contemplado en el inciso e) del artículo 56 del decreto de 1982. Esta obligación implicaba una carga financiera significativa, especialmente para las pymes, por lo que su eliminación busca agilizar trámites y reducir costos operativos.

Qué cambia con el nuevo decreto
El documento firmado pasa a ser una garantía válida en casi todas las operaciones de comercio exterior.
Se mantienen excepciones en los incisos d), f) y j), que conservan reglas particulares.
Se elimina la opción de depósito en dinero efectivo como garantía, considerada una modalidad más rígida y onerosa.
Objetivos oficiales
Según el decreto, la medida apunta a simplificar procedimientos, disminuir cargas administrativas y facilitar las operaciones sin afectar los controles ni los resguardos fiscales. También se busca homogeneizar criterios y modernizar la normativa para acompañar la agenda de eficiencia que impulsa el Ejecutivo.
La disposición ya se encuentra vigente y representa un nuevo paso en la actualización del sistema aduanero argentino.