Tras el vencimiento del plazo de recategorización, ARCA oficializó los cambios en las escalas del monotributo para el período de julio a diciembre de 2025, que ya entraron en vigencia este mes.
Estas modificaciones establecen nuevos límites de facturación anual para cada categoría del régimen simplificado, que está destinado a pequeños contribuyentes. La actualización permite a los monotributistas verificar en qué categoría deben ubicarse según su facturación proyectada hasta fin de año.

Las nuevas escalas del monotributo quedaron de la siguiente manera:
Categoría A: hasta $8.992.597,87
Categoría B: hasta $13.175.201,52
Categoría C: hasta $18.473.166,15
Categoría D: hasta $22.934.610,05
Categoría E: hasta $26.977.793,60
Categoría F: hasta $33.809.379,57
Categoría G: hasta $40.431.835,35
Categoría H: hasta $61.344.853,64
Categoría I: hasta $68.664.410,05
Categoría J: hasta $78.632.948,76
Categoría K: hasta $94.805.682,90

El ajuste confirma un incremento del 15,4% respecto a las escalas anteriores, correspondiente a la inflación registrada en los primeros seis meses del año. La próxima recategorización está prevista para los primeros días de 2026.
El aumento afecta tanto a los ingresos brutos anuales como a las cuotas mensuales, que incluyen impuestos integrados, aporte previsional y obra social.
La recategorización es obligatoria para los contribuyentes que hayan registrado cambios recientes en sus facturaciones, superficie del local, consumo de energía o alquileres. El plazo finalizó el 5 de agosto de 2025 y quienes no cumplieron pueden recibir multas del 50% sobre el impuesto integrado y el aporte previsional, además de ajustes retroactivos.
En caso de incumplimiento, ARCA puede realizar una recategorización automática, aunque se recomienda a los contribuyentes revisar su situación fiscal para evitar sanciones o inconvenientes futuros.