La Agencia de Recaudación y Control de Aduanas (ARCA) ha establecido nuevos límites sobre la cantidad de dólares que los monotributistas pueden depositar en sus cuentas sin que el fisco solicite información adicional sobre el origen de los fondos. Si se superan ciertos montos, el contribuyente podría tener que justificar el origen del dinero.
Los monotributistas, muchos de los cuales prefieren ahorrar en dólares por la estabilidad de la moneda, deben estar atentos a los límites establecidos para evitar posibles investigaciones fiscales. Es fundamental diferenciar entre el dólar MEP, que generalmente no genera problemas, y el dólar adquirido fuera del circuito formal, como el dólar blue.

Límites establecidos por ARCA para las operaciones:
$600.000 en consumos con tarjetas de débito y en operaciones de billeteras virtuales.
$1.000.000 en acreditaciones bancarias, depósitos en plazos fijos, extracciones (dentro o fuera del país), y saldos en cuentas bancarias o billeteras virtuales.
$2.000.000 solo para transferencias bancarias o billeteras virtuales superiores a dicho monto.
Si se superan estos límites, el fisco podría requerir documentación para respaldar el origen de los fondos. Entre los documentos que podrían ser solicitados se encuentran:
Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios
Facturación reciente
Constancia de inscripción en el monotributo
Tickets de compra y venta
Justificación de la venta de acciones o activos empresariales
Es recomendable que los monotributistas estén al tanto de estos límites y mantengan la documentación correspondiente para evitar inconvenientes con la Agencia de Recaudación y Control de Aduanas.


