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ANSES: qué grupo de beneficiarios cobrará casi $450.000 en julio

Un sector de titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) podrá recibir hasta $449.780,06 durante julio gracias a la combinación de dos prestaciones. Quiénes acceden al beneficio y cómo se compone el monto.

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el calendario de pagos de julio de 2026 y anunció que un grupo específico de beneficiarios podrá percibir $449.780,06 durante el mes.

El monto corresponde a quienes cobran la Asignación Universal por Hijo (AUH) por discapacidad y, además, son beneficiarios de la Tarjeta Alimentar, ya que ambas prestaciones se acreditan en la misma cuenta.

Cómo se compone el monto

El ingreso total surge de la suma de dos beneficios:

  • AUH por hijo con discapacidad: $377.530,06.
  • Tarjeta Alimentar: $72.250.

De esta manera, quienes reúnen los requisitos recibirán un total de $449.780,06 durante julio de 2026, sin necesidad de realizar trámites adicionales si ya están incorporados a ambos programas.

No se trata de un bono extraordinario

Desde ANSES aclararon que el monto no corresponde a un bono especial ni al aguinaldo, sino a la combinación de dos prestaciones vigentes destinadas a reforzar los ingresos de las familias con mayores necesidades económicas.

El dinero se depositará según el cronograma oficial de pagos del organismo.

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La AUH se actualiza por inflación

A partir de julio, los haberes de la Asignación Universal por Hijo continuarán ajustándose de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), en línea con el mecanismo de actualización vigente para las prestaciones sociales.

Este esquema busca mantener el poder adquisitivo de los beneficiarios frente a la evolución de la inflación.

Los titulares de AUH no cobran aguinaldo

Aunque durante esta época del año jubilados, pensionados y trabajadores registrados perciben el Sueldo Anual Complementario (SAC), los titulares de la AUH no reciben ese beneficio.

Esto se debe a que la asignación es una prestación social y no un salario ni un haber previsional, por lo que no está alcanzada por el régimen del aguinaldo establecido en la legislación laboral y previsional.