La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en reemplazo de la antigua AFIP, ha lanzado una serie de beneficios fiscales que buscan aliviar la carga impositiva en el mercado de alquileres, beneficiando tanto a propietarios como a inquilinos. Esta medida surge tras la derogación de la Ley de Alquileres, lo que trajo consigo un aumento considerable en la oferta de locaciones en la Ciudad de Buenos Aires y otros puntos del país, superando en un 174% las cifras previas, de acuerdo con el Colegio Inmobiliario de CABA.
Beneficios para propietarios e inquilinos
Uno de los principales beneficios fiscales consiste en la eliminación de la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda, con el fin de reducir la carga administrativa y agilizar el proceso. Sin embargo, aquellos que decidan registrar sus contratos obtendrán un descuento impositivo, según lo estipula la Resolución General 5545/2024.

Exención para monotributistas en el mercado de alquiler
La Ley 27737 también beneficia a los monotributistas cuya única actividad registrada sea la de alquiler de inmuebles. Estos contribuyentes estarán exentos de pagar el componente impositivo del monotributo si cumplen con los siguientes requisitos:
- No poseer más de dos propiedades destinadas al alquiler.
- Tener el contrato registrado en AFIP, en caso de ser requerido.
- Que la única actividad registrada en el monotributo sea la de alquiler de inmuebles.
Con esta disposición, los pequeños propietarios podrán adherirse al monotributo sin necesidad de pagar cuotas adicionales a ARCA, lo cual representa una ventaja económica considerable.
Beneficio en el Impuesto a las Ganancias para propietarios
Además de las exenciones mencionadas, la Resolución General 5521/2024, publicada en el Boletín Oficial, establece una deducción del 10% en el Impuesto a las Ganancias sobre el monto total anual para aquellos propietarios que alquilen inmuebles destinados a vivienda. Esta disposición se añade a otras deducciones ya vigentes, como la deducción del 40% para inquilinos hasta un valor equivalente al mínimo no imponible, tal como lo indica el artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Estas nuevas medidas representan un paso hacia un mercado de alquileres más accesible y competitivo, con incentivos que promueven la formalización y el alivio de la carga tributaria en el sector.

